En las obras de construcción intervienen una multiplicidad de sujetos con variadas obligaciones y su control y seguridad están establecidos en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Esta norma se ocupa de las obligaciones del promotor, del proyectista, del contratista y del subcontratista (sujetos estos dos últimos que son los empresarios en las obras de construcción) y de los trabajadores autónomos, muy habituales en las obras. Además se introducen las figuras del coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto de obra y del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
El REA (registro de empresas acreditadas) es el registro en el que deben inscribirse todas aquellas empresas que deseen intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción. Esta inscripción supone la forma de acreditar el cumplimiento de los requisitos de calidad y solvencia que impone la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto.
Conocer el papel y las obligaciones de cada uno de los sujetos participantes en una obra no es tarea fácil, como tampoco su coordinación y control (eso lo dejamos para otro post con la figura CAE y nuestra herramienta @Gestiona). Algunas de las obligaciones principales son:
La apertura del centro de trabajo corresponde siempre al contratista, salvo si es en su vivienda y la obra es ejecutada por un trabajador autónomo.
La evaluación de riesgos corresponde al contratista o trabajador autónomo, salvo si es necesario proyecto, en cuyo caso es necesario un Plan de Seguridad y Salud completo.
La contratación de la figura de Coordinación de Seguridad y Salud corresponde al promotor, así como la dirección de obra
Y si hay subcontrataciones, son responsabilidad del contratista, que deberá reflejarlo en el libro de subcontratación.
La figura del coordinador de Seguridad y Salud (CSS) es una de las fundamentales en la ejecución de obras cuando intervengan varias empresas y/o trabajadores autónomos, así como cuando participan diversos proyectistas. Esta figura debe de contratarse antes del inicio de los trabajos.
Desde AFJ Health & Safety proporcionamos un servicio completo al respecto de la seguridad y salud con agilidad en todo el territorio nacional, desde la figura del TSPRL hasta el CSS y CAE. Y gracias a nuestra acreditación nacional de Servicio de Prevención Ajeno (SPA), podemos prestar legalmente el servicio de Recurso Preventivo para terceros. También podemos gestionar acreditaciones REA, aperturas de centro de trabajo y libros de subcontratación, así como toda la gestión documental y acreditación CAE.
AFJ tiene amplia experiencia en la prestación de este servicio con las principales empresas energéticas y de construcción del país, siendo la agilidad y la responsabilidad como compañía, lo que nos hace un proveedor fiable y de calidad.
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